19 abril, 2024

La iniciativa sería aprobada gracias a la amplia mayoría que posee el bloque oficialista del Frente de Todos, pese a que algunos de sus aliados, como Juntos Somos Río Negro, y la oposición de Juntos por el Cambio votarán en contra.

El proyecto establece un marco normativo sobre parámetros de riesgo epidemiológico y sanitario.

El proyecto de ley enviado por el Poder Ejecutivo al Congreso que establece criterios básicos epidemiológicos para combatir la pandemia de coronavirus en el país será debatido la semana próxima en el recinto en una sesión especial, luego de haber obtenido el miércoles último dictamen en un plenario de las comisiones de Asuntos Constitucionales y de Salud del Senado.

La iniciativa, según lo previsto, será aprobada gracias a la amplia mayoría que posee el bloque oficialista del Frente de Todos, pese a que algunos de sus aliados, como Juntos Somos Río Negro, y la oposición de Juntos por el Cambio votarán en contra.

El plan es que, una vez aprobado, el proyecto sea girado a la Cámara de Diputados para una rápida sanción ya que debería comenzar a regir antes del 22 de mayo, cuando pierde vigencia el último Decreto de Necesidad y Urgencia emitido por el presidente Alberto Fernández, que estableció nuevas restricciones para todo el país en las últimas tres semanas.

El plan es que, una vez aprobado, el proyecto sea girado a la Cámara de Diputados para una rápida sanción ya que debería comenzar a regir antes del 22 de mayo

La presidenta de la Comisión de Asuntos Constitucionales, María de los Ángeles Sacnun, afirmó que se buscará introducirle una serie de modificaciones a la iniciativa para evitar que sea recurrida ante la Justicia, como ocurrió con el DNU que la Corte declaró inconstitucional y que preveía la clausura de las clases presenciales.

En ese sentido, fuentes del Frente de Todos apuntaron a cambiar el sentido del artículo 21 que hace mención a la suspensión de la actividad escolar cuando un distrito se encuentre en “situación de Alarma Epidemiológica y Sanitaria”.

La actual redacción establece que, en esos casos, se suspenden las clases y que luego, el Poder Ejecutivo, podrá discutir con los gobernadores afectados por la situación una “morigeración” de la medida.

La sugerencia, a la vista del fallo de la Corte, es invertir la situación y que cualquier medida restrictiva deba ser consensuada con los responsables distritales previamente.

“Continuaremos trabajando para llegar al recinto la semana próxima con las modificaciones que consensuemos con el Poder Ejecutivo y la Cámara de Diputados”, mencionó Sacnun.

Además, la legisladora santafecina se comprometió a “lograr los acuerdos necesarios para poder acompañar unánimemente este proyecto de ley y que sirva para constituir los consensos necesarios para la República Argentina respetando las distintas posiciones, construyendo diálogo, unidad y para salvaguardar lo más importante que tenemos que es el pueblo de la nación argentina”.

En cambio, la macrista cordobesa Laura Rodríguez Machado, vicepresidenta de la Comisión de Asuntos Constitucionales, rechazó de plano cualquier apoyo argumentando que el proyecto enviado por el Gobierno “ataca el federalismo ya que los gobernadores, intendentes y jefes comunales no tendrán ni voz ni voto, y el Estado Nacional dispondrá de forma unilateral cómo y cuándo se pueden realizar los cierres, esto incluye desde escuelas hasta comercios e industrias”.

Los principales puntos del proyecto
El proyecto, enviado esta semana pasada por el Gobierno y dictaminado menos de tres días después, establece un marco normativo sobre parámetros de riesgo epidemiológico y sanitario para combatir el contagio de coronavirus Covid-19, tiene como finalidad “proteger la salud pública” y “establecer medidas sanitarias generales que se aplicarán en todo el país”.

La iniciativa reúne los criterios sostenidos en los Decretos de Necesidad y Urgencia firmados por el Poder Ejecutivo desde el inicio de la pandemia, y hace hincapié en las reuniones sociales, el teletrabajo y el dictado de clases presenciales, aunque cada restricción debe ser consensuada con autoridades provinciales.

El proyecto establece coeficientes para definir la situación de “Bajo Riesgo”, “Mediano Riesgo” o “Alto Riesgo” epidemiológico y sanitario:

– Bajo Riesgo: cuando “la razón de casos”, definida como el cociente entre el número de casos confirmados acumulados en los últimos catorce días y el número de casos confirmados acumulados en los catorce días previos sea inferior a 0,8.

– Mediano Riesgo: el número de “razón de casos” deberá oscilar entre 0,8 y 1,2.

– Alto riesgo: cuando la “razón” sea mayor a 1,20.

En las urbanizaciones con más de 300 mil habitantes en situación de “alarma epidemiológica y sanitaria” se suspenden los centros comerciales y ferias, los locales gastronómicos entre las 19 y las 6, la práctica recreativa de deportes grupales de contacto en espacios al aire libre; los gimnasios y la circulación entre las 20 y las 6 de cada día.

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