29 marzo, 2024

Las medidas abarcan compras en el exterior con tarjetas de crédito y para productoras de eventos internacionales que tenían dificultades para girar divisas al exterior.

Para compras mayores a USD 300 se deberá pagar una percepción extra del 25% de concepto de adelanto del impuesto a los Bienes Personales.

Mediante el decreto 682/2022 y la resolución general 5272/2022 publicadas este jueves en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional reglamentó el nuevo “dólar turista” y el “dólar Coldplay”, en el marco de la Ley Nº 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública sancionada en el 2019.

Desde el ministerio de Economía se impulsó el “dólar turista”, destinado a los consumos en moneda extranjera con tarjeta de crédito y débito en pasajes y paquetes turísticos que superen los USD 300 al mes. En tal caso, se deberá pagar una percepción extra del 25% de concepto de adelanto del impuesto a los Bienes Personales.  

De esa manera, los consumos menores a USD 300 por mes seguirán pagando el tipo de cambio “turista” o “tarjeta” vigente hasta este miércoles inclusive y que se compone por el tipo de cambio oficial más el Impuesto PAIS y la retención del 45% de adelanto de Impuesto a las Ganancias.

Además de los rubros turísticos, el nuevo dólar abarcará los considerados bienes suntuarios o “de lujo” comprados en el exterior, como automóviles y motos de alta gama; jets privados, barcos; bebidas alcohólicas premium; relojes, perlas, diamantes y otras piedras preciosas, máquinas tragamonedas y máquinas para minar criptomonedas.

En tanto, se aclaró que no se encuentran sujetas al régimen de percepción las siguientes operaciones: gastos asociados a proyectos de investigación efectuados por investigadores que se desempeñen en “el ámbito del Estado nacional, Estado provinciales, la Ciudad Autónoma de Buenos aires y los municipios, así como las universidades e instituciones integrantes del sistema universitario argentino”. Tampoco abarca gastos referidos a prestaciones de salud, compra de medicamentos, adquisición de libros en cualquier formato, utilización de plataformas educativas y software con fines educativos.

Los consumos por menos de US$ 300 por mes seguirán pagando el tipo de cambio de $274 vigente en la actualidad, correspondiente al tipo de cambio oficial más el Impuesto PAIS y la retención del 45% de adelanto de Impuesto a las Ganancias.

Con el nuevo tipo de cambio, el ministerio de Economía espera evitar el establecimiento de cupos y favorecer el acceso al mercado para la importación de bienes intermedios o necesarios para la producción local, al mismo tiempo que encarece el acceso para actividades no esenciales y de un segmento reducido de la población.

En ese sentido, desde el Gobierno señalaron que las medidas no prohíben la compra de bienes, paquetes turísticos y actividades artísticas y que, en realidad, sólo afecta a un número reducido de contribuyentes que realiza gastos mayores con tarjeta en moneda extranjera (cercano a los 200 mil, un 7% del total de personas que hicieron gastos de este tipo en agosto de 2022). Tampoco se afecta al denominado dólar ahorro.

Dólar Coldplay

En cuánto al denominado dólar Coldplay, el mismo tendrá incidencia sobre los productores de eventos culturales, quienes podrán acelerar el acceso a divisas, que implicará un tipo de cambio nuevo y más alto, a cambio de poder contar de forma más rápida con los dólares destinados a girar al exterior tras la realización de conciertos internacionales.

En rigor, se trata de un valor diferencial para las divisas que se utilizan para el pago de los honorarios de artistas internacionales que vienen a actuar en Argentina. La alícuota alcanzaría el 30% y se llegaría de esta manera a una cotización cercana a los $200, de acuerdo a los valores actuales. Como contrapartida, las empresas podrán contar con las divisas de forma inmediata, un reclamo que venía realizando el sector desde hace meses para agilizar la operatoria.

Por eso en el Marco de la Emergencia Pública, se decretó el nuevo tipo de cambio para la importación de los bienes suntuarios y las operaciones de compra de billetes y divisas en moneda extranjera para el pago por “la adquisición en el exterior de servicios personales, culturales y recreativos (no incluye enseñanza educativa)”. Dicha gestión se consensuó con las empresas nucleadas en la cámara frente a la problemática que tenían en torno al giro de divisas.

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